El pasado martes, el Gobierno publicó un Real Decreto que modifica las reglas del despido colectivo. A partir de ahora, las empresas tendrán que avisar con seis meses de antelación a la autoridad laboral y a los sindicatos si planean cerrar definitivamente uno o varios centros de trabajo y ello supone el despido de 50 trabajadores o más.
Esta novedad estaba originariamente incluida en el proyecto de Ley de Industria, pero la tramitación de la ley decayó con la disolución de las Cortes. El Gobierno ha aprovechado la regulación de los nuevos ERTE para hacerla realidad por vía de decreto.
El nuevo marco legal alarga todo el proceso de despido colectivo. Se introduce una nueva fase, previa al periodo de consultas, que será un balón de oxígeno para los sindicatos. Si bien la norma no detalla qué pasos deben darse en tan largo lapso de tiempo (medio año), ni tampoco la finalidad real de dicha fase.
El objetivo de este nuevo plazo es dar más tiempo a los sindicatos para organizar su defensa y negociar con la empresa. También permitirá a la autoridad laboral investigar el caso y tomar medidas para evitar el despido colectivo, si es necesario.
El nuevo plazo puede ser perjudicial para las empresas que atraviesan dificultades económicas y tienen interés en cerrar un centro cuanto antes. Sin embargo, el Gobierno considera que es necesario proteger a los trabajadores y garantizar que los despidos colectivos se lleven a cabo de forma justa y transparente.
El abogado Eloy Castañer, socio del Departamento Laboral de Garrigues, valora el nuevo plazo como «relevante» y «extraordinario». Considera que cambia por completo el procedimiento y la estrategia de comunicación y de negociación de los despidos colectivos.