El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este jueves la Ley 1/2020, de 15 de julio, que deroga el artículo 52 d. del Estatuto de los Trabajadores, que avala el despido objetivo por bajas médicas acumuladas en un tiempo determinado.
La ley, que entra este viernes en vigor, fue aprobada definitivamente el pasado 1 de julio en el Congreso con el voto en contra de VOX y la abstención del PP.
No obstante, la derogación del artículo ya está en vigor desde que se aprobó el decreto ley.
En el preámbulo de la ley se recoge que «el despido de personas enfermas no solo entronca con el derecho a la no discriminación por razón de discapacidad, como ha señalado en numerosas ocasiones el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), sino que también genera en la persona trabajadora que ve extinguido su contrato una situación de gran vulnerabilidad profesional, personal y social».
El BOE también publica este jueves un cambio sobre las condiciones de los ERTE hasta el 30 de septiembre, en concreto sobre los procesos de externalizaciones de actividad para las empresas acogidas a uno de estos expedientes y que no podrán establecer nuevas pero sí reanudar las existentes.
En la redacción inicial no se permitía tampoco reanudarlas.