Los despidos tendrán la consideración de improcedentes si se justifican por razones del alza de precios de sectores como el energético. Tampoco podrá despedir quien se acoja a ayudas
El Gobierno prohibirá el despido objetivo en las empresas que reciban ayudas del plan para paliar las consecuencias de la guerra de Ucrania, así como en los que se aleguen causas que tienen que ver con el precio de la energía.
Será injustificado el despido cuando sea por causas que tienen que ver con el precio de la energía, algo que tampoco podrán hacer quienes reciban ayudas directas del plan y, como venía ocurriendo, quiénes opten por acogerse a un ERTE.
Si una empresa que recibe una ayuda despide a sus empleados, automáticamente debería devolver el importe de la ayuda.
Durante la pandemia ya se prohibieron los despidos objetivos (indemnizados con 20 días por año trabajado) que alegaran causas relacionadas con la covid-19 y se incluyeron compromisos de mantenimiento de empleo en los ERTE.
El objetivo ahora es evitar extinciones de contratos motivadas por el impacto de la guerra en Ucrania.
La prohibición para las empresas de realizar despidos objetivos motivados por la crisis energética, los elevados precios y la falta de suministros, generados por la Guerra en Ucrania estará vigente durante 3 meses.
Esta medida, tal y como recoge el RD Ley 6/2022, estará vigente hasta el 30 de junio de 2022.
Para las empresas que se acojan a un ERTE por causas relacionadas con la invasión de Ucrania, no se ha establecido un límite de tiempo para la aplicación de la prohibición de despedir.
Esta prohibición de los despidos objetivos ofrece mayor protección a las personas trabajadoras.
Si una persona trabajadora es despedida de manera improcedente será indemnizada con 33 días por año trabajado.