La empresa no podrá imponer cambios de jornada

El empleado que se niegue a aceptar cambios en su horario no podrá ser despedido, según la normativa propuesta por el Gobierno

Esta norma elimina la capacidad unilateral del empleador para imponer modificaciones. Esta iniciativa representa una derogación directa de la reforma laboral del Partido Popular, introduciendo tres nuevas infracciones laborales para las empresas.

El anteproyecto de ley para la transposición de normativas europeas sobre condiciones laborales transparentes y previsibles promete limitar la capacidad del empleador para decidir unilateralmente aspectos clave de las condiciones de trabajo, como el tipo de contrato o las horas laborales. Además de imponer nuevas obligaciones a las empresas y otorgar derechos adicionales a los trabajadores, este proyecto de ley parece restringir significativamente la capacidad de las empresas para realizar cambios drásticos en las condiciones laborales sin el consentimiento del empleado, y también impide su despido en caso de rechazo. Sin embargo, persisten incertidumbres sobre cómo se llevará a cabo esta medida.

Esta iniciativa choca con la redacción actual del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, que permite a la dirección de la empresa modificar sustancialmente las condiciones laborales por razones económicas, técnicas u organizativas. Según esta legislación, si el trabajador resulta perjudicado por los cambios unilaterales del empleador, puede rescindir su contrato con una indemnización equivalente a un despido objetivo. No obstante, esta no es una terminación del contrato, sino más bien una dimisión.

El proyecto de ley busca fortalecer las garantías para los trabajadores frente a modificaciones sustanciales en las condiciones laborales y reforzar la justificación del despido, cumpliendo así con uno de los compromisos del acuerdo de investidura entre el PSOE y Unidas Podemos. Aunque queda por clarificar si esta nueva normativa derogará explícitamente la modificación sustancial de condiciones de trabajo introducida por el PP en 2012.

La nueva legislación requerirá el consentimiento del empleado para cualquier cambio contractual, eliminando la unilateralidad del empleador. Esto se aplicará tanto a la reducción de horas en contratos a tiempo parcial como a la conversión de contratos a tiempo completo, con el trabajador protegido de despido o sanción por rechazar dichos cambios. Sin embargo, esto también puede reducir la flexibilidad de las empresas en tiempos de dificultad económica, aunque el Gobierno confía en los ERTEs como una alternativa para evitar despidos.

Además, se ampliarán las sanciones económicas para los empresarios que incumplan con las nuevas obligaciones establecidas por la ley. Las multas por infracciones laborales podrían alcanzar cifras considerables, especialmente para aquellos que no conviertan contratos a tiempo parcial en indefinidos a tiempo completo, aunque aún no se han detallado los procedimientos de inspección y aplicación de estas sanciones.