La Justicia respalda reducir la jornada en Nochebuena y Nochevieja

El Tribunal Supremo ha ratificado el derecho de los empleados de las sucursales del BBVA en Galicia a finalizar su jornada laboral una hora antes los días 24 y 31 de diciembre, en consonancia con una práctica arraigada durante más de 20 años.

Esta decisión, emitida en una sentencia fechada el 22 de noviembre, responde a la pretensión de la empresa de eliminar unilateralmente la tradición de concluir la jornada a las 14:00 en lugar de a las 15:00 en dichas fechas festivas.

El Tribunal Supremo argumenta que el cambio propuesto por la empresa constituiría una modificación sustancial en las condiciones laborales, y por ende, requeriría la negociación con los representantes legales de los empleados según lo establecido en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. La sentencia detalla que, durante más de dos décadas, los empleados disfrutaron de un horario de 08:00 a 15:00, con la excepción de los días 24 y 31 de diciembre, cuando la atención al público finalizaba a las 12:30 y la jornada laboral concluía a las 14:00. Este ajuste horario permitía a los trabajadores regresar a casa o compartir un momento festivo juntos.

La introducción del registro horario obligatorio por parte del BBVA condujo a la declaración de que el horario en esos días sería el habitual, sin reducción de jornada. Ante este cambio, la Confederación Intersindical Galega (CIG) solicitó a la entidad bancaria que mantuviera el horario reducido, argumentando la falta de justificación para suprimirlo y la ausencia de trámites conforme al artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia respaldó a los trabajadores y al sindicato, provocando la apelación del banco al Tribunal Supremo. Este último determinó que la práctica de salir antes en Nochebuena y Nochevieja había evolucionado a lo largo de más de dos décadas y se había consolidado como una condición más beneficiosa de carácter colectivo para los empleados. Por lo tanto, el Supremo rechazó el recurso del BBVA, afirmando el derecho de los trabajadores de las sucursales gallegas a finalizar su jornada laboral antes en los mencionados días festivos.