El Tribunal Supremo ha reiterado la importancia de respetar los días de descanso variables de los empleados, destacando que no deben coincidir con los días festivos.
Esta decisión surge a raíz de un caso donde más de 200 trabajadores de SITEL Ibérica denunciaron que la empresa programaba sus días libres en festividades, lo cual fue respaldado por el alto tribunal.
La sentencia del Tribunal Supremo subraya que las empresas no pueden anular los descansos variables de los trabajadores programándolos en días festivos. Este dictamen surge a partir de un recurso presentado por sindicatos contra una empresa de servicios telefónicos que asignaba los días de descanso variable de sus empleados en días festivos nacionales o regionales, como en el caso de aquellos que trabajan una semana completa.
Los trabajadores llevaron el caso a los tribunales al notar que sus días de descanso variable coincidían con festivos estatales, regionales y locales con alta frecuencia, sin tener un día libre fijo. Uno de los empleados se quejó en 2018 cuando su día libre coincidió con un festivo, pero no recibió compensación ni un día libre adicional como correspondería, resultando en menos días libres que sus compañeros.
La Audiencia Nacional inicialmente falló a favor de la empresa, limitando cualquier posible compensación a horas extra. Sin embargo, el Tribunal Supremo revocó esta decisión en una sentencia reciente, respaldando los argumentos de los sindicatos y reiterando que los descansos variables no pueden solaparse con festivos.
El Tribunal Supremo señala que este solapamiento va en contra del derecho al descanso de los trabajadores, protegido por la Constitución Española, que garantiza la limitación de la jornada laboral y las vacaciones periódicas retribuidas. Además, destaca la importancia de compensar cualquier solapamiento entre los días de descanso y los festivos.
Esta sentencia recuerda un caso similar en 2022, donde el Tribunal Supremo defendió el derecho de los trabajadores de Atento a disfrutar de sus días de descanso sin que coincidan con los festivos laborales, estableciendo que las empresas no pueden privar a los empleados de días de descanso aprovechando los festivos. Los argumentos del Tribunal Supremo en este caso son prácticamente idénticos a los expuestos anteriormente.