Quién puede solicitar el subsidio para mayores de 45 años

El Subsidio para mayores de 45 años permite a desempleados sin hijos a cargo solicitar prestaciones y seguir activos en la búsqueda de empleo en el SEPE.

Además de las ayudas para parados por Ertes y parados por pérdida de empleo a raíz de la crisis, que siguen activándose dentro de las medidas de ayuda social, siguen activas además otras prestaciones como el Subsidio para mayores de 45 años, enfocadas para ayudar a personas en paro sin cargas familiares.

El Subsidio para mayores de 45 años está dirigido a personas inscritas como demandantes de empleo que hubiesen agotado la prestación hace ya un mes y no encuentren empleo. Para solicitar esta ayuda deben reunir los requisitos que se indican a través de la Oficina de Empleo.

¿Qué requisitos cumplir para solicitar el subsidio para mayores de 45 años?

Los parados que quieran solicitar este subsidio deben reunir los siguientes requisitos:

Que tengan cumplidos los 45 años en la fecha en la que se agota su prestación contributiva.
Tener agotada la prestación por desempleo.
Suscribirse como parado con compromiso de actividad.
Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, que fuesen superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluyendo parte proporcional a dos pagas extraordinarias.
Estar inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes desde el agotamiento de la prestación.
Confirmar estar en situación de desempleo en el momento de la prestación.
No tener responsabilidades familiares a cargo.

¿Cuánto cobran los parados beneficiarios de la prestación para mayores de 45?

Las personas beneficiarias de prestación por desempleo para más de 45 años, percibirán una cuantía mensual igual o superior al 80% del Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples (IPREM), de 430,27 euros por mes.

La duración de esta prestación será de 6 meses. Asimismo, en el caso de las personas de trabajo fijo discontinuo, la duración de la ayuda será el equivalente al número de los meses que se hubiesen cotizado por desempleo en el año anterior al que se gestiona dicha solicitud de subsidio.

Fuente: https://www.actualidadempleo.es/quien-puede-solicitar-el-subsidio-para-mayores-de-45-anos