La empresa pretendía aplicar revalorización salarial con doble rasero, dejando fuera unos conceptos de manera arbitraria y caprichosa. La Justicia le ha dicho que eso es ilegal
Aunque no es el terreno preferido por nosotros, a veces no queda más remedio que dar la batalla también es los juzgados, cuando la negociación y los argumentos razonables caen en saco roto por quienes aplican la cerrazón en sus planteamientos.
Este ha sido el caso del Grupo Disa, quien pactó un convenio con subida salarial del 4,5% en todos sus conceptos excepto el complemento personal que quedó sin mejora retributiva alguna.
Aunque desde SITCA advertimos a la empresa de que esta práctica era ilegal, por aplicar un doble rasero a según que conceptos salariales, y pese a explicarles que la mejora salarial debía aplicarse de forma genérica a todos los complementos, Disa Transporte hizo oídos sordos a nuestras advertencias, cerrándose en banda y aplicando lo que creyeron conveniente.
Ahora la Justicia da la razón a SITCA, y afea a la empresa precisamente eso, que haya dejado fuera de la mejora salarial el complemento personal.
Además, la empresa deberá abonar todos los atrasos desde el año 2019, en que se firmó el convenio, hasta el día presente.
Desde SITCA felicitamos a todos los trabajadores que se verán beneficiados por esta importante victoria judicial, y confiamos en que un mejor y más razonable criterio dirija las acciones de esta empresa en el futuro, haciendo innecesario el recurso a la Justicia.
Seguimos en la lucha.