Estas son las novedades del subsidio por desempleo

El decreto que establece las pautas para la reforma del subsidio entrará en vigor en seis meses para aquellos que se conviertan en nuevos beneficiarios, mientras que aquellos que ya reciben beneficios lo harán de acuerdo con la legislación actual.

La reforma del subsidio de desempleo, aprobada este martes por el Gobierno y ya publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), contempla un aumento en la cantidad, llegando a los 570 euros al mes. Entre las novedades, destaca la prioridad dada por el PSOE al PNV en la aplicación de los convenios colectivos autonómicos sobre los estatales y sectoriales. Además, regula en detalle los cambios en el sistema de asistencia al desempleo, que entrarán en vigor a partir del 1 de junio de 2024 para los nuevos beneficiarios.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, compartió algunas líneas generales de la reforma, como el aumento de las cantidades y la inclusión de ciertos grupos anteriormente excluidos, como los eventuales agrarios en todo el país.

A continuación, se presentan algunos puntos relevantes de la reforma después de su publicación en el BOE:

**Incremento en la cantidad del subsidio:**
La modificación más destacada es el aumento en la dotación del subsidio de desempleo, pasando de los actuales 480 euros al mes, que se calcula aplicando el 80% al IPREM. Las nuevas cantidades son graduales y disminuyen a lo largo del tiempo.

– El 95% del IPREM durante los primeros 189 días (seis meses), equivalente a 570 euros al mes con el indicador actual.

– El 90% del IPREM en los siguientes seis meses, que serían hoy 550 euros al mes.

– El 80% del IPREM para el resto de la ayuda, es decir, los actuales 480 euros mensuales.

El subsidio para mayores de 52 años se mantiene en el 80% del IPREM, es decir, 480 euros al mes.

**Entrada en vigor: 1 de junio de 2024:**

Los cambios en las cantidades y las nuevas condiciones del subsidio de desempleo comenzarán a aplicarse a partir del 1 de junio de 2024 para los nuevos beneficiarios. Los antiguos beneficiarios seguirán recibiendo sus subsidios de acuerdo con la normativa actual hasta que se extingan.

**Sin mes de espera y más beneficiarios:**

Se elimina el mes de espera para recibir el subsidio después de agotar la prestación por desempleo, y se incluyen nuevos beneficiarios, como aquellos menores de 45 años sin cargas familiares. También se permite acceder al subsidio por cotizaciones insuficientes a aquellos con al menos tres meses cotizados.

**Cobro del subsidio más un salario:**

La reforma permite compatibilizar el cobro del subsidio de paro con un empleo, aunque la cuantía se ajusta en función del trimestre del cobro de la ayuda. Se introduce el «complemento de apoyo al empleo» que puede percibirse durante un máximo de 180 días, ajustándose al periodo trimestral y la jornada trabajada.

**Cotización del subsidio para mayores de 52 años:**

Se reduce la cotización para la jubilación del subsidio para mayores de 52 años del 125% al 100% de la base mínima. La reducción será progresiva para los nuevos beneficiarios.

**Cómputo de rentas familiares y parejas de hecho:**

Se modifica el cómputo de rentas para acceder al subsidio, incluyendo a las parejas de hecho en la unidad familiar y ajustando el cálculo del 75% del salario mínimo interprofesional para todo el conjunto familiar.

**Desaparición de subsidios: salida de presos, renta activa de inserción:**

La reforma simplifica los subsidios, dejando dos supuestos: por agotamiento y por cotizaciones insuficientes, además del subsidio para mayores de 52 años. Sin embargo, desaparecen otros subsidios como la Renta Activa de Inserción (RAI), el subsidio extraordinario por desempleo, entre otros.