El Gobierno estudiará si es necesaria la “matización” de una norma que obliga a llevarla en los espacios al aire libre aunque haya más de 1,5 metros de distancia interpersonal
La distancia interpersonal ya no será determinante para llevar la mascarilla. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este martes una ley que obliga a llevar el cubrebocas en cualquier espacio público, sin importar la distancia a la que se encuentre el resto de personas. Hasta ahora, en la vía pública o en los espacios al aire libre era obligatorio el uso de mascarilla cuando existía una distancia inferior a un metro y medio, según la norma estatal, aunque las comunidades habían establecido exigencias más duras y sus propias excepciones. El Ejecutivo ya ha actualizado su página web para incluir que la mascarilla es obligatoria “siempre”.
La medida ha suscitado dudas y desconcierto en algunas comunidades autónomas. La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha indicado horas después de la publicación en el BOE del texto que este se someterá a una revisión en el Consejo Interterritorial de este miércoles para determinar si es necesaria una “matización”. Se abre, sin embargo, un horizonte jurídico incierto dado que, según expertos consultados, para modificar una ley es necesario hacerlo a través de otra ley, que requerirá de un trámite parlamentario, o de un real decreto ley, que se aprueba en caso de extraordinaria y urgente necesidad.
Es decir, que lo que acuerde el Ejecutivo con las comunidades sería insuficiente en sí mismo para introducir cualquier modificación. A no ser que una de las excepciones de la ley sirva para reinterpretar el texto. La norma establece que el uso de los cubrebocas no será exigible cuando, “por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias”. Algo que sucede, por ejemplo, al darse un baño en la playa o en la piscina. El especialista en salud pública José Martínez Olmos considera, no obstante, que esta excepción no es aplicable a tomar el sol en una toalla.
“Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas (…) en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público”, se lee en el artículo publicado este martes. La ley es un compendio de las medidas de la desescalada que se acordaron en junio de 2020 una vez que venció el primer decreto del estado de alarma que el Gobierno había aprobado. La norma se aprobó como decreto ley y empezó a aplicarse, pero luego se tramitó como ley y entra ahora en vigor de forma algo anacrónica, con menciones a la fase III y otros elementos de la desescalada que han sido superados por los hechos.
En cuanto a las mascarillas, una enmienda aprobada durante la tramitación del texto en el Senado es la causante de que se haya cambiado el criterio, al eliminarse la parte que condicionaba el uso de la mascarilla a la imposibilidad de mantener la distancia interpersonal. Fuentes del grupo socialista en el Senado explican que fueron ellos quienes introdujeron esta enmienda, tras consultar con el Ministerio de Sanidad, como “mejora técnica” debido a la evidencia científica sobre la transmisión del virus por aerosoles, dado que la distancia de metro y medio no evita en todos los casos el contagio. Esa novedad había pasado inadvertida en su tramitación parlamentaria e incluso tras su publicación en el BOE hasta que EL PAÍS ha llamado la atención sobre ello.
La norma regula las medidas de prevención e higiene, de regularización del transporte, de los medicamentos, de salud pública o las que garantizan las capacidades del sistema sanitario. Tiene una vigencia indefinida, porque durará hasta que la crisis sanitaria se dé por acabada. “Hasta que el Gobierno declare de manera motivada y de acuerdo con la evidencia científica la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19″, indica el texto. En el decreto aprobado el pasado junio, que el Gobierno definió como el de “la nueva normalidad”, se regularon las fases de la desescalada, algo ya superado en las medidas que se aplican actualmente para combatir la pandemia. La ley publicada este martes en el BOE traspone el texto del decreto y sigue haciendo referencia a conceptos como el “Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad”.
Desde el pasado verano, cuando el estado de alarma que había comenzado en marzo decayó, las comunidades comenzaron a hacer una adaptación del uso de las mascarillas teniendo como base el decreto del Gobierno. La gran mayoría lo hicieron rápidamente, pero contemplando excepciones de diferentes tipos, como tomar el sol en playas o piscinas. Ahora, con la nueva ley, la exigencia de uso de mascarilla en los espacios al aire libre es aplicable a todas las comunidades, que ya no pueden regular sus excepciones ni graduar su aplicación. Obligar a llevar mascarilla mientras se toma el sol en playas o piscinas incluso manteniendo la distancia de seguridad puede suponer otro golpe para el turismo, uno de los sectores más afectados por la pandemia.
El Ministerio de Sanidad solo explica que se ha incluido el asunto en el orden del día del Consejo Interterritorial de este miércoles. La portavoz del Gobierno sí ha explicado, tras el Consejo de Ministros, que se ha producido un “decalaje” entre la publicación de la ley y la “realidad ya superada” de la desescalada del pasado verano. “En el Consejo Interterritorial del miércoles se va a revisar y analizar si hay alguna cuestión que se haya publicado que no esté en consonancia con todo lo aprendido. La ministra [de Sanidad] llevará el repaso, por si algún precepto necesita una matización por parte de las comunidades o del Gobierno de España”, ha indicado.
Fuentes autonómicas explican que el texto está generando dudas que se tratarán de resolver en el Consejo Interterritorial. La reacción varía, sin embargo, en función de la comunidad consultada. Por ejemplo, fuentes de la Xunta de Galicia y de la Generalitat valenciana aseguran que la obligatoriedad del uso de la mascarilla en todo momento en espacios al aire libre ya se aplica, incluso en la playa cuando se está en la toalla. En cambio, en Andalucía, donde es posible quitarse esta prenda en la playa si alguien está inmóvil siempre y cuando haya una distancia de 1,5 metros, el enfado es manifiesto. Su vicepresidente, Juan Marín, ha afirmado que no entienden “este tipo de decisiones que se toman unilateralmente sin consultar con las comunidades”. “No puede ser un ordeno y mando”, ha dicho, pese a que el texto ha seguido un trámite parlamentario, por lo que el texto ha sido sometido a votación de los grupos políticos. En Baleares, la consejera de Salud, Patricia Gómez, donde también se puede prescindir de la prenda en arenales para tomar el sol, ha reclamado medidas “racionales” y ha asegurado que aún no han podido hablar con otras autonomías ni con el Ministerio de Sanidad. Fuentes de los Gobiernos autonómicos de Cataluña y de Canarias explican que sus servicios jurídicos están examinando el texto publicado en el BOE.
Los expertos discrepan
También hay disparidad de opiniones entre expertos en epidemiología. José Jonay Ojeda, portavoz de la Sociedad Española de Salud Pública y Administración Sanitaria (Sespas), considera que “llama la atención que [esta modificación] llegue ahora, cuando hay más evidencia de que hay más riesgo de contagio en distancias cortas y sobre todo en espacios cerrados, con poca ventilación o muy concurridos”. Y añade que desde el punto de vista “exclusivamente epidemiológico no se justifica que se haya cambiado la redacción antigua”.
En cambio, José Martínez Olmos, profesor de la Escuela Andaluza de Salud Pública, si bien reconoce que es una “medida controvertida”, defiende que “garantizará más la salud: llevarla siempre protege más que solo a veces”. Aunque puntualiza que en situaciones en que alguien se encuentre solo en un espacio público al aire libre “sería innecesario su uso”. Además, añade que será muy difícil controlar su aplicación en todos los casos, “hará falta la colaboración ciudadana”. Respecto a las palabras de la ministra portavoz, sostiene que para modificar una ley sería necesario aprobar otra ley. “Puede aprobarse a través de un proyecto de ley, nuevo o de uno que ya se esté tramitando, o de un real decreto ley, que tiene una vigencia de un mes y que posteriormente el Congreso tiene que ratificar”. Es decir, que la forma más rápida de modificar esta ley que surge a raíz de un real decreto ley sería la aprobación por parte del Gobierno de otro real decreto ley.
La nueva ley sí mantiene que la obligación no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. Y añade que “tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias”.